La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para despenalizar el aborto en Veracruz.
Con un voto a favor y cuatro en contra de los ministros Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos-Farjat, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se declaró como improcedente el proyecto.
La Primera Sala de la Corte discutió el proyecto de resolución para el Amparo en Revisión 636/2019, mismo que confirma una sentencia otorgada por un juez de distrito de Xalapa en la que ordena al Congreso local reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal a favor de la elección de las mujeres sobre su cuerpo.
En días pasados, grupos religiosos se manifestaron en contra de esta resolución, haciendo entrega de pliegos petitorios y cartas, incluso protestaron en el Zócalo de la Ciudad de México para mostrar su inconformidad con esta reforma.
Diputadas federales del PRD y Movimiento Ciudadano demostraron su apoyo a la resolución del ministro Juan Luis González Alcántara que reconoce que la legislación penal de Veracruz en materia de aborto viola los derechos humanos de las mujeres e implica discriminación y violencia contra las mujeres. Con este dictamen, la Corte reconoció que el Código Penal de Veracruz rechaza haber incurrido en omisiones legislativas cuando se negó a reformarse.
Sin embargo, con este fallo, la reforma al código castiga: Despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación. Incluir la causal de aborto por violación y riesgo para la salud de la mujer. Eliminar el plazo de 90 días para el aborto en casos de violación.