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SCJN lesionar o matar en legítima defensa a agresores

La SCJN advirtió que la norma no debe interpretarse en el sentido de que las personas puedan hacer uso de la fuerza indiscriminadamente.

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó los preceptos que establecen que los ciudadanos pueden llegar a lesionar o matar a su agresor en legítima defensa.

Estos criterios regulan la legítima defensa en los estados de Veracruz, Baja California y Nuevo León.

Sin embargo, la SCJN advirtió que, aunque esta norma establezca una presunción de legítima defensa en ciertos casos, esto no debe interpretarse en el sentido de que las personas puedan hacer uso de la fuerza indiscriminadamente, ni que se pueda excluir la responsabilidad cuando el daño producido al agresor haya resultado innecesario o excesivo.

Al analizar una acción de inconstitucionalidad en Veracruz promovida por la CNDH,  los ministros explicaron que esta presunción de defensa debe cumplir también con el supuesto de que el agresor ingrese a un domicilio privado poniendo en riesgo a la persona, familia, bienes e incluso, a un tercero que esté en el lugar.

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