El Congreso Local de Nuevo León, aprobó que los médicos puedan negarse a prestar servicios de salud a la comunidad LGBTI.
Lo anterior bajo la objeción de conciencia que “es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando éstos contradicen los propios principios éticos o morales,” reza el comunicado emitido por el Congreso local del estado.
Esto significa que en Nuevo León, cualquier médico del estado puede no atender a un miembro de la comunidad LGBTI o realizar alguna práctica u actividad que no comulgue con la ética, valores o religión que el profesional de la salud profese, sin que ello signifique una sanción legal o una violación a los derechos civiles de la persona.
De igual forma está reforma de ley, permitirá a los prestadores de servicio del sector salud hacer valer la objeción de conciencia para brindar o no el servicio médico a la comunidad conformada por lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), practicar un aborto o alguna otra actividad que no sea acorde a su pensamiento.
La propuesta estuvo a cargo de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables quienes solicitaron reformar la Ley Estatal de Salud.
También se informó que otra de las instancias que han optado por acoger la objeción de conciencia fue la Comisión Interinstitucional de Enfermería que propuso e integró un Código de Ética para Enfermeras donde añadió dicha reforma.
Aprueban incluir la Objeción de Conciencia en la Ley Estatal de Salud.https://t.co/PNfCjUggjT pic.twitter.com/ItcXYrSSaI
— Congreso Nuevo León (@CongresoNL) October 16, 2019