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Darán hasta 8 años de cárcel a quien difunda imágenes íntimas sin consentimiento

Esta semana se aprobó una ley, con la cual se darán hasta 8 años de cárcel a quien difunda imágenes íntimas sin consentimiento de la persona.
La ley penará a quien revele, difunda, divulgue o comercie material íntimo sin consentimiento de la persona.

El Congreso de Nuevo León aprobó una reforma al Código Penal para castigar con 8 años de cárcel por el delito de violencia digital a todo aquel que difunda a través de Internet, fotos, videos o audios íntimos de una persona sin su consentimiento.

Con 33 votos a favor se aprobó la reforma al artículo 271 Bis 5 del Código Penal con el objetivo de frenar la violencia digital de las que son víctimas principales las mujeres.

Aunque en el estado ya existía el delito contra la intimidad personal, este no aplicaba cuando la víctima tenía un vínculo afectivo, sentimental o de confianza con el agresor.

Tras la aprobación de la reforma, las penas por este delito aumentarán en un 50% cuando alguien realice el registro de imágenes, video o audio de contenido íntimo, así como a quien revele, difunda, divulgue o comercie el material sin el consentimiento de la persona afectada.

Con información de ADN40

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