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Otorgar testamento será más fácil, ágil y seguro: Julio Espín

Aprueban reforma al Código Familiar para el Estado de Morelos.

El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Familiar para el Estado de Morelos, a partir de una iniciativa del diputado Julio Espín Navarrete, para dar a la sociedad la oportunidad de que otorgar el testamento público sea fácil, ágil y seguro.

Durante la sesión ordinaria de este día, los legisladores aprobaron el dictamen sobre la reforma de los artículos 642, 643, 646, 647, 653 y 656 del Código en comento, para eliminar la presentación de testigos como requisito para otorgar testamento.

Al hacer uso de la palabra a favor de su propuesta, el diputado Julio Espín Navarrete, presidente de la Junta Política y de Gobierno, dijo que con estas reformas se tendrá una norma más eficaz para que el testador disponga libremente de sus bienes y derechos, y que la propiedad de los mismos se transmita a las personas, herederos y/o legatarios, sin complicaciones.

Explicó que la sucesión por causa de muerte se tramita judicialmente o ante notario público en caso de que exista un testamento público o privado declarado válido judicialmente, y los juzgados familiares atienden un 30% de trámites de sucesión intestamentaria, “es decir, de sucesiones en donde no se otorgó testamento, y en muchos de los casos esta circunstancia es por la dificultad que reviste presentar tres testigos idóneos ante notario público”.

El también coordinador del Grupo Parlamentario del PRD expuso la problemática que implica reunir a las cinco personas (tres testigos, testador y notario) y que cualquier inobservancia en la forma puede tener graves consecuencia sobre la validez del acto, de tal forma que la mayoría de nulidades en los testamentos se ha dado en función de los testigos, que nada tiene que ver con la voluntad del testador.

Indicó que, al eliminar este requisito, se evitará que el testador busque los testigos que concurran al otorgamiento, lo que en muchas ocasiones se dificulta, sobre todo tratándose de casos urgentes, además de que se facilitará el levantamiento del testamento, toda vez que bastaría que el testador se presente ante notario o este concurra a su domicilio y reciba en el acto el dictado de las respectivas disposiciones testamentarias.

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